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Canal de Denuncias obligatorio

Canal de Denuncias obligatorio

El pasado 20 de febrero, se publicó la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la cual viene a transponer la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
Con la publicación de esta ley de la Directiva sobre el canal de denuncias, se protege a aquellas personas que conformen la empresa e informen de cualquier irregularidad cometida en el seno de la misma. De esta forma, favorecemos la colaboración ciudadana para la eficacia del Derecho, ya que es deber de todo ciudadano denunciar aquellos delitos de los que tenga conocimiento.

Para proceder a informar o denunciar estos hechos , se habilitarán por las empresas unos sistemas internos de información, denominados “canales de denuncias” que protegerán a los informantes y que añadirán más valor para aquellas empresas que tengan instaurado en su seno un programa de cumplimiento normativo.

Esta ley se aplica a los informantes que sean trabajadores por cuenta ajena, antiguos trabajadores y becarios, personas que se encuentren en proceso de selección precontractual, accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa (incluyendo miembros no ejecutivos) y a cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.

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